jueves, 3 de marzo de 2011

Trinity College incumple la resolución de la Dirección Area Territorial Norte Madrid de la Consejería de Educación de Madrid

Trinity College San Sebastián de los Reyes sigue incumpliendo la normativa vigente de Colegios Concertados en lo relacionado con el concepto de Matrículo cobrado indebidamente a los padres y ahora disfrazado como puesta en marcha de una "plataforma virtual".
En este sentido el punto 4 del apartado segundo de la resolución de la DAT Norte de Madrid establece que una vez realizados los reintegros que procedan, ya sea como compensación de futuras cuotas o como devolución de las cantidades, los interesados procederán a manifestar por escrito y solo estos interesados deberán abonar este nuevo concepto.

Por otra parte el Colegio está haciendo circular versiones, incluso a través de miembros del Consejo Escolar, en las que para evitar devolver este dinero a los padres no interesados en este servicio se les dice que si no pagan esta cuota única en los años siguientes deberán pagar una cuota de uso por año.

En este sentido estas versiones están creando una situación en la que los padres prefieren pagar ahora, no conociendo que la resolución de la DAT Norte en punto 3 del apartado segundo establece que esta cueota solo se pagará una vez en la vida escolar con independencia del momento en el que se solicite el servicio.

Por otra parte algunos padres ya se han mostrado preocupados ante la posibilidad que el Colegio ordene a algunos profesores que colocan contenidos en Intenet utilizando blogs gratuitos para llegar a los alumnos que retiren estos contenidos y los ofrezcan solo a través de la plataforma de pago. Cabe mencionar que estos contenidos muchos profesores los desarrollan durante su tiempo libre y que por lo tanto el Colegio no tiene ninguna potestad para hacer esto.

A continuación se reproduce el texto de la resolución emitida por la DAT Norte


HA RESUELTO


Primero

  1. Autorizar una cuota mensual de 159 € para el curso académico 2010/2011 en materia de actividades complementarias a desarrollar por el centro.
  2. El centro deberá arbitrar las medidas adecuadas para proceder a la devolución a las familias de la diferencia de cantidades que han sido indebidamente percibidas por este concepto, en función del precio que estableció inicialmente y que no cuenta con autorización administrativa. Estos reintegros podrán realizarse por devolución irecta o por compensación de futuras cuotas.
  3. Respecto a la descripción dada por el centro a estas actividades como “Ampliación Currículum Trinity College /…/ Incremento del número de horas lectivas respecto a las establecidas a nivel oficial”, el centro deberá corregir su redacción para que queden claramente identificadas como “ actividades complementarias que desarrollan el currículo propio del Trinity College”, toda vez que la ampliación de horas lectivas del currículo oficial, de acuerdo con la ormativa que regula la Educación Infantil, la Educación Primaria y la ESO, constituye ampliación del horario lectivo que no puede tener coste para las familias.
  4. Debe considerarse actividad complementaria la denominada “Otras Actividades Pedagógicas”, que el centro incluye incorrectamente dentro del apartado “Servicios Escolares”. Por su naturaleza se considera ya incluida en la actividad complementaria “Ampliación Currículum Trinity College” y no procede autorizar una cuota adicional por el mismo concepto.
  5. La titularidad del centro deberá remitir a esta Dirección de Área Territorial, antes del 27 de enero de 2011, una memoria justificativa del contenido de las actividades complementarias y su relación con el currículo. Se deberá reflejar igualmente el horario en el que se desarrollan, diferenciado del horario lectivo dedicado al currículo oficial. No se podrá en ningún caso dedicar ninguna parte de la jornada laboral del profesorado en nómina de pago delegado a las actividades complementarias, excepción hecha de las salidas y visitas puntuales fuera del centro. Por el Servicio de Inspección Educativa se emitirá informe sobre la adecuación a la normativa vigente de las actividades complementarias y del horario en que se desarrollan.


Segundo

  1. El servicio denominado “Gastos de puesta en marcha y utilización de plataforma virtual” sólo podrá tener la consideración de servicio escolar voluntario, propuesto por el titular y aprobado por el Consejo Escolar.
  2. Los contenidos educativos que se mencionan en la descripción de este servicio, en la documentación remitida por el centro, no podrán suponer discriminación o desigualdad en el acceso de todos los alumnos a los contenidos del currículo oficial. Deberá quedar asegurado por parte del centro que los contenidos del currículo oficial son accesibles a todos los alumnos a través de las actividades lectivas y los medios didácticos ordinarios.
  3. La cuota por este servicio será la aprobada por el Consejo Escolar, y se abonará una sola vez en la vida escolar del alumno de acuerdo a lo establecido por dicho órgano. La cuota debe ser única para todos los casos, con independencia de que se solicite el servicio ahora o en otro momento del curso escolar.
  4. Dado que la denominación de este servicio y su descripción ha sido variada de manera significativa por el centro, procede que se devuelva a todas las familias las cuotas de 200€ que se aplicaron indebidamente en concepto de “Gastos de Gestión Administrativa”, en el caso de los alumnos de enseñanza concertada. Los reintegros que procedan, a criterio de las familias interesadas, podrán realizarse por devolución directa o por compensación de futuras cuotas. Una vez efectuados todos los reintegros, las familias que voluntariamente estén interesadas en este servicio lo manifestarán positivamente dejando constancia por escrito, y únicamente estas familias deberán satisfacer la cuota ahora ya debidamente aprobada para el servicio “Gastos de puesta en marcha y utilización de plataforma virtual”.

Tercero

  1. La asistencia y las consecuentes aportaciones familiares en materia de actividades complementarias, extraescolares y servicios escolares ofertados por el centro tendrán carácter voluntario para los alumnos y sus familias, y su funcionamiento estará informado por lo previsto en las Instrucciones de 27 de septiembre de 2010 y en la normativa educativa en vigor dictada en esta materia.
  2. A tal fin, la aceptación voluntaria por parte de las familias deberá constar por escrito y de manera particularizada para cada una de las actividades y servicios aceptados, sin que pueda ser admitida la aceptación única en bloque de todo lo ofertado. No procede tampoco que las familias que no estén interesadas en determinadas actividades y servicios tengan que manifestar la no aceptación.

Cuarta

  1. La titularidad del centro se responsabilizará de la subsanación de las incorrecciones señaladas en la documentación del centro así como de los reintegros de las cantidades incorrectamente cobradas a las familias.
  2. Por parte del Servicio de Inspección Educativa de la Dirección de Área Territorial de Madrid Norte se supervisarán las subsanaciones de la documentación informativa del centro, se comprobará el cumplimiento de la voluntariedad por parte de las familias así como del reintegro de cantidades indebidamente cobradas. Igualmente se realizará el seguimiento durante todo el curso escolar de la aplicación de la normativa en materia de actividades complementarias, extraescolares y servicios escolares.

Frente a esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados, en aplicación de lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, podrán formular recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el término de un mes desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, así como formular cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Madrid, 13 de enero de 2011.
EL DIRECTOR DE ÁREA TERRITORIAL DE MADRID-­-NORTE

sábado, 19 de febrero de 2011

El Presidente de Trinity College culpa a la izquierda y a 4 familias de tener que devolver dinero

En las reuniones celebradas con los padres de alumnos del Trinity College de San Sebastián de los Reyes el Sr. Julio Fidalgo, presidente de Trinity College, ha culpado a los partidos políticos de izquierda y a 4 familias de la situación planteada por un grupo de padres respecto de los supuestos cobros ilegales por parte del Colegio.

En un tono muy desafiante, y apenas comenzada las reuniones, el Presidente de Trinity College ha dicho textualmente: "que los culpables de la situación son los partidos políticos de izquierda a los que no les gusta la enseñanza privada" y luego ha arremetido contra la prensa escrita (en clara alusión al diario El País) comentando: "que el colegio ha sido injuriado y calumniado por un medio de comunicación" y agregó que lo publicado en los medios "son informaciones falsas de toda falsedad", recalcando insistentemente que "El Colegio no ha cobrado ninguna cuota ilegal".

También el Sr. Fidalgo ha arremetido, con animadversión, contra las familias que han investigado y destapado este tema en un tono bastante amenazador recalcando en varias oportunidades que tomarán todas las medidas legales posible contra estas familias.

Durante su exposición el Presidente de la institución ha recalcado que las cuotas del año anterior habían sido disminuidas de los 170 euros inicialmente previstos a 156 debido a la falta de ciertos servicios (cocinas, piscina, etc) y que la subida de este no debía entenderse como una subida sino como la cuota "regular" que se debió cobrar desde un principio, intentando justificar de esta manera las abultadas subas en las cuotas.

Con respecto a la resolución de la Consejería de Educación el Sr. Fidalgo ha recalcado que el porcentaje de aumento indicado por la Comunidad es una recomendación y que como tal ditinguidos bufetes de abogados de Madrid le han indicado que el caso lo tendría ganado en el supuesto de presentar un reclamo el Colegio, pero que el Colegio ha preferido acatar la recomendación y reducir la cuota por el concepto de ampliación de Curriculum.

Por lo tanto el Colegio deberá devolver, prorrateado hasta final del año lectivo, las cantidades cobradas de manera excesiva por, en teoría, el servicio de piscina la cual pasa a formar parte de las actividades no obligatorias. La verdad es que hasta ahora muchos niños ni siquiera han hecho uso ni han visto el agua de la piscina pero los padres han pagado ya más de la mitad de este servicio.

Lo que no se entiende de todo esto es si no eran ilegales, como dice el Presidente de la Institución ¿porque el Colegio se ve obligado a devolver algunos conceptos?

Luego de hablar por un espacio de 15 minutos y de unas explicaciones de los otros conceptos no obligatorios por parte de la Directora del Colegio ha llegado el turno de preguntas donde varios padres han planteado, entre otras cuestiones, que a pesar de estar muy contento con el Colegio, no entiende como es posible que el concepto de matrícula (que no se puede cobrar por ley) se haya "disfrazado" como Matrícula en una "plataforma virtual" y que por la misma los padres hayan abonado del orden de 200.000€ que casualmente se implanta y pone en funcionamiento unas semanas después de este proceso.

La conclusión de la reunión es que el Colegio no entiende o no quiere comprender que todos los padres están muy contentos con el modelo pedagógico planteado y que el descontento está en que las formas utilizadas por el Colegio no son las apropiadas para justificar unos gastos derivados de un modelo muy competitivo y que los padres estarían dispuestos a pagar sin problemas pero sin disfrazar los conceptos y planteando claramente las cosas.

El Colegio debe entender que tampoco puede ir amenzando a los padres recalcando que si no nos gusta el Colegio hay 800 familias que se han quedado fuera.

En la reunión no se ha comentado nada sobre las abultadas subidas en los conceptos no obligatorios(salidas pedagógicas +33%, material escolar +26% y seguro escolar +8,3%) cuando el IPC del año 2010 ha sido solo el 0,80%. Cabe recalcar que la ley no recomienda las subidas por estos conceptos por lo que el Colegio podrá subir estas cuotas el porcentaje que quiera y seguir obteniendo los mismos ingresos que tenía (hecha la ley, hecha la trampa)

Nota de prensa realizada por Cuatro TV sobre Trinity College San Sebastián de los Reyes

jueves, 3 de febrero de 2011

El Colegio Trinity College informa oficialmente sobre cambios en las cuotas

El Colegio Trinity College en una nota circular enviada el día de la fecha informa oficialmente sobre cambios en las cuantías de las cuotas cobradas.

En una escueta comunicación el Colegio informa de que se convocará próximamente a una reunión conjunta en la que se brindarán todas las aclaraciones que puedan resultar de interés para los padres.

La comunicación no indica nada respecto de los nuevos importes como así tampoco menciona que pasará con los importes cobrados en concepto de matrícula que el colegio intentó disfrazar luego como "gastos de puesta en marcha y utilización de plataforma virtual" para mantener el cobro.

Según publica el diario El País la nueva cuota será de 159€ y se deberá devolver el importe cobrado en concepto de "matrícula"

A continuación se transcribe la circular enviada firmada por Julio A. Fidalgo Lobo

"Sirva la presente comunicación para informarle de que, de acuerdo con la propuesta enviada por el centro y aprobada por la Dirección de Área Territorial, desde el mes de febrero de 2011 se han adaptado las cuotas mensuales de Trinity College San Sebastián de los Reyes que usted recibe por domiciliación bancaria.

En los próximos días le llegará una convocatoria para que, en una reunión conjunta, reciba usted las aclaraciones, explicaciones e informaciones respecto a este tema y a otros que sean de su interés."

miércoles, 2 de febrero de 2011

Tibia reacción del AMPA a la resolución de la CAM

El AMPA del Trinity College de San Sebastián de los Reyes publica en su página web de manera muy general algunos aspectos de la resolución enviada por la CAM al Colegio con fecha 13 de enero de 2011.

La reacción del AMPA es muy tibia ya que se hubiese esperado una fuerte crítica a la actitud del Colegio de convertir unos cobros ya realizados en concepto de matrícula en "gastos de puesta en marcha y utilización de plataforma virtual", plataforma cuyo coste por alumno/año puede sufragarse varias veces con los cobros realizados.

Los costes de la puesta en marcha y utilización de la plataforma virtual nunca fueron consultados ni aprobados por el Consejo Escolar tal y como establece la normativa vigente.

Por otra parte el Consejo Escolar no ha emitido, desde que ha comenzado la reclamación, ningún comunicado pronunciándose sobre este tema.

Educación corrige las cuotas propuestas por un concertado

El colegio concertado Trinity College, de San Sebastián de los Reyes, tiene que devolver dinero a las familias de los alumnos. Lo tendrá que hacer de oficio, tanto si los padres lo reclaman como si no. Debe reembolsar, entre otros conceptos, lo que cobraba de más por actividades complementarias -que la Consejería de Educación ha rebajado de 176 a 159 euros- y la cuota de inscripción, de 200 euros, que el centro intentó convertir sin éxito en "gastos de puesta en marcha y utilización de plataforma virtual" para mantener el cobro.

Educación envió una resolución al centro el 13 de enero para ajustar sus cuotas. Era el segundo aviso tras advertirles en noviembre de las quejas de los padres por las subidas de precios del centro, que elevó algunas tarifas entre un 17 y un 33%, sin advertir de que se trataban de pagos voluntarios y contraviniendo las instrucciones de inicio de curso que fijan una subida recomendada del 2,34%.

En su primera carta, la Consejería señalaba que los 200 euros de inscripción se recuperarían si las familias los reclamaban. Sindicatos, oposición y padres criticaron la "tibieza" de la sanción. Esta nueva resolución, contra la que el centro puede formular un recurso de alzada antes del 13 de febrero, establece la devolución obligatoria. Una vez devueltas, si el centro quiere cobrar por la "utilización de la plataforma virtual", primero deberá aprobarlo a través del consejo escolar como "servicio escolar voluntario" y sin "discriminación o desigualdad en el acceso de todos los alumnos a los contenidos del currículo oficial".

Las actividades complementarias deben quedar claramente fuera del horario lectivo -antes o después de las clases y no en mitad, explica un portavoz de Educación- y no se pueden llamar "ampliación de currículo" como hasta ahora porque en tal caso "no puede tener coste para las familias", según el escrito oficial. Tampoco podrá cobrar por las actividades pedagógicas (test, según explica una de las madres afectadas), que Educación sitúa dentro de las actividades complementarias. La aceptación voluntaria de las cuotas "deberá constar por escrito y de manera particularizada para cada una de las actividades y servicios aceptados" y no en bloque. La inspección educativa supervisará los errores y las devoluciones, que deberán completarse "de inmediato", según un portavoz de la Consejería. Y hará un seguimiento "durante todo el curso escolar" .

El AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) del centro anuncia en su web que el colegio se ha comprometido a reunirse con los padres para informarles de las novedades previstas en las cuotas. Otros padres han iniciado una recogida de firmas para exigir que esa información les llegue por escrito.


Publicado en El País
http://www.elpais.com/articulo/madrid/Educacion/corrige/cuotas/propuestas/concertado/elpepiespmad/20110201elpmad_7/Tes

sábado, 22 de enero de 2011

Circular enviada por el colegio que abre la puerta a reajustes en los servicios

A continuación se transcribe una circular enviada por el colegio en la que abren la puerta a reajustes en los servicios debido a los reajustes económicos que pretenden hacer por una posible reducción de las cuotas.

La circular no acalra si lo cobrado de más se va a devolver y tampoco aclara nada con respecto a las matrículas cobradas de forma ilegal.

"Con el fin de aclarar las informaciones transmitidas por algunos medios respecto a las cuotas que las familias del colegio deben abonar, consideramos importante que conozcan el momento del proceso en el que actualmente nos encontramos.

Como colegio concertado, y siguiendo el procedimiento oficialmente establecido, todos los años tenemos que solicitar la aprobación de las cuotas a la Dirección del Área Territorial (DAT), en nuestro caso Madrid-Norte, tras haber sido aprobadas en Consejo Escolar. La primera respuesta que se nos transmitió desde la DAT ha sido que el incremento que habíamos realizado era superior al propuesto por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y que debíamos revisarlo. Por este motivo, presentamos una nueva propuesta y estamos a la espera de la respuesta de la Administración.

En el momento en que nos llegue esta comunicación, organizaremos reuniones con ustedes para explicarles con detalle cómo ha quedado la situación y los reajustes económicos y de servicios que haya que aplicar."